21 noviembre, 2024

EXHORTAN A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO PARA QUE INFORME SOBRE OBSERVACIONES A LA CUENTA PÚBLICA DE PLAYAS DE ROSARITO

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• En los periodos del 01 de enero al 31 de diciembre del 2019 y del 01 de enero al 31 de diciembre del 2020
Mexicali, B.C., jueves 14 de marzo de 2024.- La XXIV Legislatura emitió un atento exhorto al titular de la Auditoría Superior del Estado de Baja California (ASEBC) para que, en el ámbito de su competencia, informe de las acciones emprendidas en relación a las observaciones realizadas a las cuentas públicas anuales del municipio de Playas de Rosarito, en los periodos del 01 de enero al 31 de diciembre del 2019 y del 01 de enero al 31 de diciembre del 2020.
Subrayó que como antecedente ha presentado puntos de acuerdo respecto a las observaciones a diferentes cuentas públicas, uno de éstos dirigido al Síndico Procurador del Ayuntamiento de Playas de Rosarito, mismo que fue aprobado en por el Pleno del Congreso del Estado en fecha 06 de julio del 2023, para que se informara: el estado en que se encontraran los procedimientos de responsabilidad administrativa y en su caso de naturaleza penal, que debieron de iniciarse, con motivo de las irregularidades encontradas en la revisión de sus cuentas públicas del periodo del 2019 y 2020.
En respuesta, el H. Ayuntamiento de Playas de Rosarito, dando cumplimiento al mismo, proporcionó información detallada del estado de cada procedimiento, sin embargo dentro de esta respuesta sobresalió que de forma reiterada, la oficina del Síndico de este municipio ha solicitado formalmente a la Auditoria Superior del Estado de que le haga remisión de la documentación que sustenta las observaciones realizadas, requisito indispensable para aplicar las sanciones correspondientes, a lo que la Auditoria responde que no cuenta con los mismos.
En el exhorto se solicita a la ASEBC indique la justificación de no haber adjuntado los medios probatorios solicitados por la sindicatura del municipio de playas de rosarito para continuar con las labores de investigación, que medios probatorios utilizo para arribar a las conclusiones de las observaciones realizadas, las denuncias presentadas o juicio político administrativo o penal en mérito de las observaciones vertidas.
La diputada promovente expuso que una de las principales atribuciones de la ASEBC es instruir la promoción de acciones legales en el ámbito administrativo, penal y de juicio político que procedan, es decir, cuenta con la facultad de intervenir directamente como autoridad denunciante respecto a los actos, omisiones o irregularidades que se desprendan de las auditorías que realiza.

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